
Por: JAIME ALBERTO ARRUBLA PAUCAR
Los Acuerdos de Paz de La Habana con las FARC, estuvieron a punto de estancarse por el componente de justicia. Se supone que en estas transacciones con los alzados en armas se precisa de verdad, para que la sociedad pueda conocer a fondo las razones y lo alcances del conflicto; un compromiso de no repetición; la reparación a las víctimas que a lo largo de tantos años arrojó el conflicto y de justicia; si bien no imponiendo las penas normales contempladas en las leyes para los delitos del conflicto, secuestros, extorsiones, asesinatos, reclutamiento de menores, abusos sexuales, etc., sí aplicando penas rebajadas pero serias y restrictivas de la libertad, en lo que se llama justicia transicional. Son los elementos mínimos, para que una
sociedad acepte, perdone y pueda reconstruirse el tejido social.
Las FARC, en su momento, no aceptaron que tribunales de la justicia ordinaria fueran los competentes para aplicar esta justicia, como ya lo había hecho en la “justicia y paz” con de los paramilitares. El asesor de las FARC, el español Sr. Santiago, exigió la creación de un Tribunal especial, que se integraría post conflicto, encargado de aplicar la justicia restaurativa a los participantes del acuerdo, es lo que se conoce como la JEP (Jurisdicción Especial para la Paz), que después de nueve años de su creación, acaba de proferir las dos primeras sentencias; una contra los siete máximos responsables de las FARC, su último secretariado y otra contra doce militares del ejército colombiano, acusados de los denominados “ falsos positivos”, con un día de diferencia entre las dos sentencias.
Por supuesto, que la justicia transicional no aplicaría las penas normales; no se hubiese firmado la paz por las FARC; pero para quienes aceptaran su responsabilidad se previeron penas menores, hasta de ocho años y además, del componente restaurativo, pero en todo caso, con componente también aflictivo de reclusión parcial de la libertad. Tanta magnanimidad se justifica en aras de lograr la paz y además, aplicadas solamente a los máximos responsables del conflicto.
Tardíamente, después de nueve años, se han producido estas dos sentencias, aplicando la máxima sanción de ocho años, pero sin restricción de libertad; penas alternativas, ordenando trabajos restaurativos, como desminado, siembra de árboles, lo cual ha decepcionado, en primer lugar a las víctimas y luego a la sociedad entera, que no entiende como después de tantos y tan graves crímenes, más de once mil secuestros y de veintiún mil víctimas, salgan los ex guerrilleros libres, con la mera promesa de nunca más pecar y hasta con sus derechos políticos a plenitud.
Con las sentencias que se han dado a conocer, se confirma la preocupación que desde el inicio asalto a la sociedad; que la impuesta JEP sería para un remedo de justicia, para garantizar la impunidad a los guerrilleros. Haber cometido delitos mayores y salir sin una sanción real, crea una asimetría que el país no entiende, pues por otro lado se condena por ilícitos mucho menos graves a penas mayores. Tragar tanto “sapo”indigesta a la sociedad colombiana.