Claves de la reforma laboral que pasa a último debate en el Senado

Claves de la reforma laboral
Claves de la reforma laboral que pasa a último debate en el Senado

La resucitada reforma laboral tendrá una semana de tregua. Después de la aprobación en tercer debate por parte de la Comisión Cuarta, la iniciativa debe pasar por la Plenaria del Senado a partir de la primera semana de junio. Corre contra el tiempo porque para ser ley debe quedar lista antes del 20 de junio.

 

Más allá de las minucias del debate legislativo, esta reforma propone los cambios más profundos al régimen laboral colombiano en más de dos décadas, desde la reforma aprobada en el gobierno de Álvaro Uribe, donde los trabajadores perdieron varios beneficios. Es un proyecto que mira mucho al pasado, buscando recuperar pagos de horas extra, por ejemplo. Y que también intenta mirar al futuro, regulando temas como el trabajo en plataformas.

También se debate con el trasfondo de las 12 preguntas de consulta popular que hundió el Senado y la amenaza de otra consulta, y el proyecto del gobierno de Gustavo Petro, que fue tramitado en la Cámara y marca el derrotero de los mínimos del gobierno.

Por lo pronto, esto es lo que está cambiando la reforma laboral aprobada hasta ahora.

Jornada diurna y nocturna

Cómo es hoy: el trabajo diurno es el que se realiza en el periodo comprendido entre las seis horas (6:00 Am.) y las veintiuna horas (9:00 Pm). Y el nocturno en el período comprendido entre las veintiuna horas (9:00 Pm) y las seis horas (6:00 Am).

Por eso, el recargo nocturno, que implica un pago adicional al trabajador del 35 por ciento sobre el valor de la hora laborada, solo aplica desde las 9 de la noche.

Qué quiere el gobierno: que el trabajo diurno se cuente desde las 6 Am hasta las 6 Pm, como estaba en una pregunta de la consulta. Es decir, que el recargo nocturno se pueda contar a partir de las 6 de la tarde y que aplique para todo los trabajadores.

Qué se aprobó en tercer debate: que el trabajo diurno vaya entre las 6 Am y las 7 Pm, una hora más tarde que como estaba planteado en la consulta, pero igual a como se acordó en Cámara en la laboral que archivó la Comisión Séptima del Senado. En el proyecto actual, el recargo nocturno puede cobrarse a partir de la 7 Pm.  

Recargo dominical y festivo

Cómo es hoy: el trabajo en domingo y festivos se remunerará con un recargo del setenta y cinco por ciento (75%) sobre el salario ordinario en proporción a las horas laboradas.

Qué quiere el gobierno: el trabajo en domingo y festivos se remunerará con un recargo del 100 % sobre el salario ordinario en proporción a las horas laborada. Será implementado de manera escalonada así: a partir de julio de 2025, se incrementará el recargo a un 80 por ciento, en julio de 2026 al 90 por ciento y partir de julio de 2027, se dará plena aplicación al recargo

Qué se aprobó en tercer debate: el trabajo en domingo y festivos se remunerará con un recargo del 100 % sobre el salario ordinario en proporción a las horas laborada. Será implementado de manera escalonada así: a partir de julio de 2025, se incrementará el recargo a un 80 por ciento, en julio de 2026 al 90 por ciento y a partir de julio de 2027, se dará plena aplicación al recargo.

Contrato de aprendices del Sena

Cómo es hoy: Según el código, el “contrato de aprendizaje es aquel por el cual un empleado se obliga a prestar servicio a un empleador, a cambio de que este le proporcione los medios para adquirir formación profesional metódica y completa del arte u oficio para cuyo desempeño ha sido contratado, por un tiempo determinado, y le pague el salario convenido”.

Bajo ese modelo, los actuales aprendices del Sena solo tienen acceso a salud y riesgos laborales y el pago es acordado con el empleador. No puede ser inferior al 50% de un salario mínimo mientras están en la etapa lectiva ni al 75% en la etapa productiva.

Qué quiere el gobierno: que el contrato deje de ser de aprendizaje y sea un contrato de índole laboral.

Eso implica que cuando un aprendiz del Sena entra a una empresa adquiere derechos laborales, aunque se trate de un contrato a término fijo. Es decir, con acceso a cobertura de salud, pensión, riesgos laborales y caja de compensación. Y queda amparado para hacer parte de sindicatos o acuerdos sindicales.

Además, que durante la fase lectiva el pago no sea inferior al 60 por ciento de un salario mínimo legal mientras está en la etapa lectiva y del 100 % en la etapa productiva.

Qué se aprobó en tercer debate: que el contrato sigue siendo de aprendizaje. Pero ajusta los pagos.

Si es una formación dual, el aprendiz recibirá como mínimo durante el primer año el equivalente al 75% de un 1 salario mínimo y durante el segundo año el equivalente al 100% de un salario mínimo.

Si es formación tradicional, el aprendiz recibirá como mínimo en la fase lectiva el equivalente al 75% de un salario mínimo y en la parte práctica, el apoyo del sostenimiento será equivalente al 100% del mínimo.

Además, durante la fase práctica o durante toda la formación dual, el aprendiz estará afiliado a riesgos laborales y al sistema de seguridad, igual que un trabajador. El aporte al riesgo laboral corresponderá al del nivel de riesgo de la empresa y de sus funciones.

 

Ministros de Trabajo e Interior, vigilan el trámite del debate con desconfianza.

Contrato a término fijo

Cómo es hoy: el contrato de trabajo a término fijo debe constar siempre por escrito y su duración no puede ser superior a tres años, pero es renovable indefinidamente.

Qué quiere el gobierno: podrán celebrarse contratos de trabajo a término fijo por un término no mayor a dos años. El contrato de trabajo a término fijo deberá celebrarse por escrito y en él deberá especificarse la necesidad temporal que se pretende atender. Cuando el contrato de trabajo a término fijo no cumpla las condiciones y requisitos previamente mencionados, se entenderá celebrado a término indefinido desde el inicio de la relación laboral.

Qué se aprobó en tercer debate: podrán celebrarse contratos de trabajo a término fijo por un término no mayor a cinco años. El contrato de trabajo a término fijo deberá celebrarse por escrito. Cuando el contrato de trabajo a término fijo no cumpla las condiciones y requisitos previamente mencionados, se entenderá celebrado a término indefinido desde el inicio de la relación laboral.

Contrato sindical o tercerización laboral

Cómo está hoy día: se entiende por contrato sindical el que celebren uno o varios sindicatos de trabajadores con uno o varios empleadores o sindicatos patronales para la prestación de servicios o la ejecución de una obra por medio de sus afiliados.

En esta modalidad, el empleador contrata al sindicato, y el sindicato a su vez a los trabajadores. Una práctica usual en el sector salud. Esto termina tercerizando a los trabajadores.

Qué quiere el gobierno: que se elimine la figura del contrato sindical. El gobierno ha argumentado que el contrato sindical se ha convertido en herramienta que debilita la organización de trabajadores al precarizar especialmente a las personas del sector salud, donde se encuentran más del 97% de estos contratos, según cifras del Ministerio del Trabajo. Sin embargo, en todo el sector formal no superan el 5% de los trabajadores.

De esa manera, según el gobierno, se elimina la intermediación y se insta a que la vinculación laboral sea directa.

Qué se aprobó en tercer debate: que se mantenga el contrato sindical. Aunque la Cámara de Representantes había aceptado el pedido del gobierno, la Comisión Cuarta decidió revivir esa figura con el argumento de que “vulnera la libertad de asociación sindical y el derecho a la negociación colectiva, derechos fundamentales protegidos por la Constitución y convenios internacionales”, como quedó en la ponencia.

Permisos laborales

Cómo está hoy día: son funciones del empleador conceder al trabajador las licencias necesarias para el ejercicio del sufragio; para el desempeño de cargos oficiales transitorios de forzosa aceptación; en caso de grave calamidad doméstica debidamente comprobada; para desempeñar comisiones sindicales inherentes a la organización o para asistir al entierro de sus compañeros, siempre que avise con la debida oportunidad al empleador a su representante y que, en los dos últimos casos, el número de los que se ausenten no sea tal que perjudique el funcionamiento de la empresa.

Qué quiere el gobierno: ampliar las causales para pedir permisos. Quiere incluir, por ejemplo, permisos para asistir a citas médicas programadas o citas médicas de urgencia, incluidos los casos en los que la persona trabajadora presenta ciclos menstruales incapacitantes.

También para asistir a las obligaciones escolares como acudiente de hijos y/o hijas o menores de edad, miembros del núcleo familiar.

Qué se aprobó en tercer debate: se reconocen nuevas licencias remuneradas, como para asistir a citas escolares, trámites judiciales o por uso frecuente de bicicleta (un día de descanso remunerado por cada seis meses de trabajo si el trabajador certifica que usa la bicicleta como medio de transporte).

Pero se elimina la licencia obligatoria para asistir a citas médicas programadas o citas médicas de urgencia, incluidos los casos en los que la persona trabajadora presente ciclos menstruales incapacitantes.

Licencia de paternidad

Cómo está hoy día: El padre tendrá derecho a dos semanas de licencia remunerada de paternidad.

Qué quiere el gobierno: La licencia de paternidad en Colombia aumentará de manera progresiva hasta llegar a cuatro semanas en el 2026, así: en el 2025 subirá a tres  semanas, en 2026 llegará a cuatro semanas.

Qué se aprobó en tercer debate: Se mantiene como está: el padre tendrá derecho a dos  semanas de licencia remunerada de paternidad.

Plataformas digitales deben pagar seguridad social a los empleados

Cómo está hoy día: no hay regulación

Qué quiere el gobierno: regular el trabajo en plataformas digitales de reparto. Así, cuando el trabajador digital en servicios de reparto tenga la calidad de dependiente y subordinado, la empresa de plataforma digital de reparto deberá realizar los pagos correspondientes al sistema integral de seguridad social en las proporciones definidas en las normas vigentes. Podrán realizarse cotizaciones a tiempo parcial.

En relación con los trabajadores y trabajadoras independientes y autónomos, la empresa de plataforma digital concurrirá en el pago de aportes a salud y pensión en 60%, frente a un 40% a cargo del trabajador. Se garantizará el cubrimiento en materia de riesgos laborales a cargo exclusivo de la empresa. El ingreso base de cotización para los aportes a salud, pensión y riesgos laborales se calculará con base en el 40% de la totalidad de ingresos que reciba el trabajador digital en servicios de reparto a través de la plataforma.

Qué se aprobó en tercer debate: se regula el trabajo en plataformas digitales de reparto, reconociendo dos modalidades: dependiente y autónoma. Las empresas deberán informar claramente las condiciones, registrar a los trabajadores, garantizar seguridad social (con aportes del 60 % por parte de la empresa si el trabajador es independiente), y permitir pagos parciales.

Ese paquete fue consensuado entre el gobierno y el gremio de las aplicaciones digitales que lidera un conocido de la Cámara, el exrepresentante José Daniel López. El exCambio Radical, ahora es el director ejecutivo de Alianza In, el gremio de las plataformas.

López consiguió que la regulación fuera flexible para dejar a discreción de las plataformas la vinculación laboral de los repartidores.

Formalización de madres comunitarias y manipuladores de alimentos  del PAE

Cómo está hoy día: no hay una ley para formalizar esos empleos. Las madres comunitarias y las personas que preparan los alimentos del Programa de Alimentación Escolar, PAE, trabajan tercerizadas a través de fundaciones o asociaciones.

Qué quiere el gobierno: Que el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar, Icbf, y el Ministerio de Educación vinculen a las madres comunitarias, madres sustitutas y trabajadores(as) de los hogares infantiles  y las personas que preparan los alimentos del PAE en sus plantas de personal en calidad de trabajadoras oficiales.

La vinculación progresiva a la planta de personal del Icbf y el Ministerio a la que hace referencia este artículo se hará en 4 años así: un 25% anual hasta llegar al 100% en 2028. O antes si las circunstancias financieras de la entidad así lo permiten.

Qué se aprobó en tercer debate: que haya vinculación del Icbf a las madres comunitarias, sustitutas y trabajadoras de hogares infantiles, y de las manipuladoras del PAE también de forma progresiva.

La novedades son dos puntos: que lo dispuesto en el presente artículo también aplicará a las madres jardineras vinculadas a través de las Cajas de Compensación Familiar. Y que su aprobación queda condicionada y supeditada a que el gobierno presente un aval fiscal y diga de dónde va a salir la plata para la implementación. 

 

 

 

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