
Después de más de 12 horas de debate, la plenaria de la Cámara de Representantes respaldó el mismo texto aprobado por el Senado, con lo que la iniciativa superó su último debate en el Congreso.
La plenaria de la Cámara de Representantes aprobó la ley de sometimiento con 95 votos a favor y 10 en contra, luego de más de 12 horas de discusión. Los representantes respaldaron el mismo texto que había sido aprobado previamente por el Senado de la República, por lo que la iniciativa superó su último debate en el Congreso y quedó lista para pasar a sanción presidencial.
Cancino también destacó que la iniciativa no contempla la suspensión de órdenes de captura ni de extradiciones y que establece condiciones para la entrega de bienes por parte de quienes se sometan.
Frente a la posibilidad de que el texto presente errores, el ministro reconoció que no hay ley perfecta, pero señaló que el Gobierno realizó un trabajo muy dedicado con dos equipos de trabajo.
“Creo que ahí no vamos a encontrar, esperemos ningún error, ya estarán aquí revisando, mañana se publicará y esperemos que se sancione y sea ley de la República el día 4 de noviembre del año 2026, la primera ley del gobierno de Abelardo De La Espriella”, agregó.
Por su parte, el representante a la Cámara Daniel Briceño, ponente de la iniciativa, aseguró que con esta aprobación termina el modelo de paz total del anterior Gobierno y comienza un nuevo esquema de sometimiento a la justicia.
“Primero, no habrán gestores de paz. Segundo, no habrán mesas de negociación. Tercero, no se le suspenderá a nadie aquí la orden de captura ni la extradición”, afirmó el congresista, quien agregó que los responsables del reclutamiento de menores no podrán acceder a los beneficios contemplados en la ley.
¿Cuáles son los principales cambios de la Ley de Sometimiento?
Entre los ajustes aprobados durante el trámite legislativo está el endurecimiento de las condiciones para acceder a las rebajas de penas. Para los delitos relacionados con lavado de activos y testaferrato, se amplió de uno a seis años la pena mínima de cárcel exigida para acceder a los beneficios jurídicos.
Asimismo, se estableció que quienes hayan sido condenados por reclutamiento de menores de edad o sean responsables de vincular a niños, niñas y adolescentes a estructuras criminales no podrán recibir el tratamiento penal diferenciado.
En cuanto a las sanciones, la iniciativa contempla rebajas de hasta el 50% de las penas para los integrantes de base de las organizaciones criminales. Para los cabecillas y quienes ejerzan funciones de mando, la reducción será de hasta el 30%, sin que la condena pueda ser inferior a diez años de prisión.
Cabe recordar que durante el trámite en ambas cámaras fue eliminado el artículo 25, que contemplaba la posibilidad de utilizar gastos reservados del Fondo Nacional de Seguridad y Convivencia Ciudadana.
Con la aprobación del mismo articulado en Senado y Cámara, el proyecto concluyó su trámite legislativo y quedó a la espera de la sanción presidencial.





