REFORMA TRIBUTARIA POR DECRETO

REFORMA TRIBUTARIA POR DECRETO

POR: JAIME ALBERTO ARRUBLA PAUCAR

 

Desde que se presentó el presupuesto nacional para el año 2026 se sabía que estaba desfasado en más de diez y seis billones de pesos, es decir, tenia egresos presupuestados, que no se iban a cubrir con los ingresos del Estado y seria necesario buscar nuevas fuentes de recursos para poder cubrirlos, es decir, crear nuevos impuestos. Se precisaba por tanto de presentar al tiempo un proyecto de ley de financiamiento, o lo que es lo mismo otra reforma tributaria.

De entrada, algunos de los grupos políticos que venían acompañando al gobierno como “coalición de gobierno”, anunciaron que no lo acompañarían en esta oportunidad, dejando entrever que dicha coalición, a estas alturas, no le apuesta a una reforma impopular, que atropella la clase media, a la actividad productiva y que no se compadece con la falta de austeridad en la administración pública: el derroche gubernamental, la creación de embajadas innecesarias, burocracia exagerada, contratación por servicios a un ejercito de militantes, compra inútil de aviones de guerra, etc.
Pero además, el país tiene la percepción de que lo que en realidad busca el gobierno con esta nueva reforma tributaria, es disponer de recursos para aparentes gastos sociales, también innecesarios, con fines de afianzar al partido de gobierno para los próximos y ya cercanos comicios electorales.
El gobierno ha insistido por todos los medios con su propuesta de financiamiento, incluso rebajó considerablemente el desfase presupuestal, a casi diez billones de pesos, buscando que la llamada ley de financiamiento se abriera camino, buscando desesperadamente restablecer la fallida coalición de gobierno; pero, al parecer, no ha logrado las mayorías y todo indica que el proyecto terminará hundido.
Como estamos acostumbrados, el enfado presidencial no se hizo esperar y salió presuroso con una amenaza de hacer uso de la emergencia constitucional, decretando una “emergencia económica” para legislar por decreto y seguramente, por ahí, buscar la embolatada financiación presupuestal.

Nada más descabellado. Lo primero a preguntarnos, es: Cuáles son los hechos graves que “perturben o amenacen perturbar” el orden económico o social, que justifiquen la declaratoria de emergencia constitucional? un desfase presupuestal, por un presupuesto mal hecho? Por supuesto, que acá no cabe el estado de excepción que pretende el gobierno, así continúe con su errónea tesis de que, lo persigue un bloqueo institucional por parte de ejecutivo, argumento que incluso utiliza para justificar la cacaraqueada constituyente.
El país tiene experiencia recorrida en emergencias económicas; personalmente me correspondió tramitar dos como Secretario Jurídico de la Presidencia de la República; los hechos que dieron lugar a la crisis financiera de 1998 y el terremoto del eje cafetero al año siguiente.

Con estos precedentes se formó una jurisprudencia sólida de la Corte Constitucional que ha servido para delinear un marco para subsiguientes declaratorias de emergencia económica, social o ecológica; marco que en nada se compadece con lo que quiere hacer el gobierno.

 

 

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