Buscan crear nuevo seguro obligatorio a conductores aparte del SOAT y que esté ligado a la licencia

Buscan crear nuevo seguro obligatorio a conductores aparte del SOAT y que esté ligado a la licencia
Buscan crear nuevo seguro obligatorio a conductores aparte del SOAT y que esté ligado a la licencia

Según el articulado, este seguro tendría como tomador al titular de la licencia de conducción y debería ser expedido por una aseguradora autorizada para operar en Colombia.

 

Un nuevo artículo incluido en el proyecto de ley 277 de 2025 abrió un fuerte debate, debido a que plantea la creación de un Seguro Obligatorio de Responsabilidad Civil Extracontractual asociado a la licencia de conducción, una póliza diferente al SOAT y que estaría vinculada directamente al titular de la licencia y no al vehículo.

La discusión tomó fuerza luego de que el congresista electo Daniel Briceño denunciara públicamente que el artículo, introducido dentro del proyecto, podría representar un nuevo cobro anual para millones de conductores del país.

¿Qué propone el nuevo seguro obligatorio ligado a la licencia?

De acuerdo con el texto del artículo 37 del proyecto, se modificaría el artículo 42A de la Ley 769 de 2002 para establecer que toda persona con licencia de conducción para vehículos particulares deberá contar con un seguro destinado a cubrir daños materiales ocasionados a terceros en accidentes de tránsito.

El documento señala que la medida busca garantizar un «respaldo patrimonial mínimo frente a los daños materiales causados a terceros con ocasión de accidentes de tránsito».

Según el articulado, este seguro tendría como tomador al titular de la licencia de conducción y debería ser expedido por una aseguradora autorizada para operar en Colombia.

Licencia de conducción

¿Cuáles serían las coberturas mínimas?

El proyecto fija montos mínimos dependiendo del tipo de licencia:

  • 15 salarios mínimos legales mensuales vigentes para titulares de licencias de las categorías B1, B2 y B3, correspondientes a vehículos particulares.
  • 7 salarios mínimos legales mensuales vigentes para titulares de licencias A1 y A2, destinadas a motocicletas.

Asimismo, establece que las compañías aseguradoras determinarán la prima anual del seguro, pero esta «no podrá exceder el 0,5 % del valor asegurado mínimo».

 

 

 

 

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