
POR: JAIME ALBERTO ARRUBLA PAUCAR
En el año 2010, cuando se cumplían 25 años del holocausto del Palacio de Justicia, nos correspondió, como Presidente de la Corte Suprema, presidir los actos conmemorativos de ese trágico episodio. Se encendió una llama perenne en recuerdo de las víctimas y para que la sociedad no olvide lo que sucedió y se advirtió en el discurso de rigor que los delitos allí ocurridos eran de lesa humanidad y que por tanto no prescriben, ni pueden ser indultados de acuerdo con nuestra Constitución.
Colombia es suscriptora del tratado de Roma y por tanto, delitos de lesa humanidad, como los ocurridos en el Palacio de Justicia hace 40 años no prescriben, la acción penal se encuentra viva y se pueden adelantar los procesos respectivos. De otro lado, los indultos que el Congreso le otorgó al grupo terrorista M-19, solo pueden comprender delitos que sean amnistiables, es decir, los delitos políticos. El artículo 150, numeral 17 de nuestra Constitución, es supremamente claro, el Congreso solo puede conceder por ley, amnistías o indultos generales por delitos políticos.
Lo que ocurrió en el Palacio fue terrorífico, conductas que distan mucho de ser delitos políticos. Hubo asesinatos a ”quema ropa”, incendios, ajusticiamiento, tortura, desapariciones forzadas, terrorismo; es decir, todo tipo de felonías, que jamás podrían calificarse como delitos políticos. Así las cosas, la conclusión es inexorable, los dos indultos o amnistías que ya otorgó el Congreso, son para delitos políticos, de rebelión, sedición o asonada, pero no comprenden, ni podrían comprender, los delitos de lesa humanidad que allí se cometieron.
Atendiendo seguramente a los indiscutibles argumentos expuestos, la Ley 77 de 1989, que autorizó conceder indultos por el caso del Palacio, fue retirada del ordenamiento jurídico colombiano por el mismo Congreso de la República, “por contravención con el orden constitucional”, según se lee en el artículo 3.º de la Ley 2085 de 2021.
Estamos por tanto en una mora de cuarenta años para que se haga justicia en Colombia por lo ocurrido en el Palacio de Justicia, cuando patrocinados por el narcotráfico, según lo narró el propio “Popeye”, lugarteniente de la mafia, un grupo de guerrilla urbana, llamado M-19, en acto terrorista se tomo el Palacio de justicia y armó la debacle con las fuerzas del estado que entraron a desalojarlos, muriendo más de cien personas, incluyendo once magistrados de la Suprema Corte.
A buena hora, en la conmemoración de los cuarenta años, por diferentes discursos, escritos y narrativas, el tema de la imprescriptibilidad de los delitos de lesa humanidad allí cometidos, se ha vuelto viral y hay que aprovechar el momento de efervescencia para que las autoridades encargadas de la investigación criminal, titulares de la acción penal, procedan de una vez por todas
a cumplir su deber de hacer justicia por tan lamentables hechos.







